Justicia - Local
Conductor de ambulancia ebrio tiene en aprietos al Hospital San Camilo de Bucaramanga

En las últimas horas, se conoció que el
Hospital Psiquiátrico San Camilo ESE de Bucaramanga, deberá reparar a una familia por haberle
causado lesiones severas a una mujer y a su hija, quienes fueron atropelladas por una ambulancia al
servicio de esa entidad.
Para resarcir los daños, la demanda dice que
deberán pagarles a las víctimas más de $415 millones. La decisión obedece a la petición que
interpusieron los familiares de las víctimas en ejercicio de la acción de reparación
directa.
Los miembros de la familia, señalaron que la ambulancia era
conducida por un hombre que se encontraba en estado de embriaguez, advirtieron que el impacto a alta
velocidad que produjo el vehículo le generó una pérdida de la capacidad laboral del 50,25% a la
madre de la niña.
En pocas palabras, esperaban recibir más de $303 millones
calculados con base en el salario mínimo mensual vigente en el 2013, año en el que se dieron los
hechos.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Santander
aceptó la petición, indicó que el hospital estaba en la obligación de reparar los daños debido a que
la ambulancia que los causó estando al servicio de la unidad clínica estaba siendo conducida por una
persona en estado de embriaguez.
Según el fallo de primer grado, los
demandados no podían permitir que una persona manejara un vehículo de estas características bajo
tales condiciones. A esto, el hospital apeló el fallo con la intención de que el Consejo de Estad
bajara el monto y sostuvo que las víctimas también tuvieron parte de culpa al cruzar la calle cuando
el semáforo no había dado paso aún a los peatones.
El Consejo de Estado
finalmente negó las pretensiones y desestimó que hubiera culpa de las víctimas, porque el testimonio
que apunta a ello no concuerda con ningún otro elemento probatorio, lo que significa que no se
demostró que fuera verdad que las peatonas cruzaran la calle cuando el semáforo le estaba dando paso
a los automóviles.
La alta corte consideró que se produjo un riesgo
excepcional, pues fue causado por un automotor oficial en ejercicio de una actividad peligrosa,
sostuvo que no solo se comprobó que el conductor estaba en estado de embriaguez sino que se distrajo
concentrando su atención en un grupo de mujeres que, en el momento del accidente se encontraban
practicando aeróbicos.
Así es que, este caso llegó a su fin años después, y
las afectadas junto a sus familiares celebran esta decisión y espera que se les cumpla prontamente
este pago.
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